Pumas I




“SE DEBE PROHIBIR DEFINITIVAMENTE LA CAZA DEL PUMA EN LA ARGENTINA”

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El Diputado Nacional Luciano Rafael Fabris (UCR-Chaco) señaló su profunda preocupación por la futura vía libre para la caza del Puma, en la Provincia de La Pampa, en marco de la decisión de la Dirección de Recursos Naturales de dicha provincia, que estableció la temporada de caza de la especie entre el 1º de Marzo y el 31 de Julio de 2008.

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“Mi inquietud por proteger al Puma o León Americano lo plasmé en un Proyecto de Ley (1868-D-07), en el cuál solicito que se declare a dicha especie “Monumento Natural Nacional”, para lograr su protección y la recuperación de la especie que se encuentra en serio peligro de extinción”, dijo Fabris.

El nuevo régimen establece que la caza deberá hacerse en criaderos habilitados y los pumas tendrán colocados un microchip, pero en La Pampa existe un solo criadero provincial habilitado, sin la correspondiente habilitación nacional. “No alcanza con limitar la caza del Puma, se debe prohibir y vedar totalmente la captura de ésta especie en todo el territorio de la Nación. Es un despropósito que se siga aniquilando a la fauna nacional en manos de los cazadores furtivos, generalmente extranjeros, con la tristemente célebre caza garantizada”, dijo el legislador chaqueño.

“La situación se agrava con la posibilidad de que otras provincias tomen la misma resolución para los diferentes cotos o áreas de caza, lo que conllevará al tráfico, la captura en negro y lo que es pero aún: a la pronta desaparición de la especie silvestre”, remarcó Fabris.

Finalmente, Fabris expresó que “es sumamente importante que el Ejecutivo Nacional, a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos tome cartas en el asunto con acciones directas para proteger a la fauna en peligro de desaparición, como lo es el puma, y así parar el comercio ilegal de la caza, considerado un gran negocio, pero provocando la posibilidad de extinción de la vida silvestre nacional”. Es por ello que no entendemos y nos preguntamos cuál es el criterio o control gubernamental para parar la caza indiscriminada de la especie y las actividades lucrativas fuera de la ley, que ello conlleva” , concluyó.

Buenos Aires, 12 de Febrero de 2007.-

Texto del Proyecto:

http://www1.hcdn.gov.ar/proyxml/expediente.asp?fundamentos=si&numexp=1868-D-2007

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